La cuarta versión del Rally Dakar en Latinoamérica, ya partió y nada se habla sobre los desastres arqueológicos que han dejado las versiones anteriores. Peor aún, nada se dice del incumplimiento legal que realiza el propio Estado. El Rally Dakar es sin duda un delito, amparado y auspiciado por el propio Gobierno de Chile.
En mayo de 2011, el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) público un informe técnico que evaluaba los daños al patrimonio arqueológico producidos por la competencia deportiva Rally Dakar, señalando:
“La afectación del patrimonio arqueológico e histórico del país producto de la competencia se reitera este año. El daño y las intervenciones detectadas durante la evaluación, causados por la versión del Rally Dakar 2011 a 126 sitios arqueológicos correspondiente a un 44,5 % del universo evaluado, sumado a las experiencias previas, nos indica que se trata de una actividad altamente impredecible, lo que hace difícil la mitigación y compensación de los impactos que genera.”
Las medidas de mitigación correspondientes al establecimiento de puntos de control e implementación de coligües como demarcadores, han resultado ineficientes dada la falta de fiscalización a los competidores y a la esencia de la competencia.
La falta de implementación de medidas de compensación tales como registro y rescate de los sitios a ser afectados redundó en la pérdida de información patrimonial invaluable.”[1]
Pese a lo contundente de las conclusiones realizadas por el Consejo de Monumentos Nacionales, organismo técnico del Estado de Chile encargado de la protección y tuición del patrimonio cultural y natural, que entre sus principales tareas tiene por misión: “Proteger y velar por la conservación de los Monumentos Nacionales que tienen por el solo ministerio de la ley protección oficial: Monumentos Arqueológicos, Monumentos Paleontológicos y Monumentos Públicos.” Nada se avanzó, por el contrario, en la versión 2012 desaparecieron las medidas de compensación, que implican el rescate de los sitios que serán destruidos, el análisis científico de los materiales y la publicación de los resultados. La ausencia de medidas de compensación acentúa aún más la existencia de un delito de destrucción de sitio arqueológico, ya que la compensación busca generar un beneficio equivalente al daño
El patrimonio cultural se caracteriza por su fragilidad y carácter de recurso no renovable. Esta situación es aún más dramática tratándose de patrimonio cultural arqueológico, donde la desaparición de sus ejecutores y contextos de uso originales hace virtualmente imposible, que luego de su destrucción, ellos sean recuperados.
Entre los tratados sobre derechos humanos que se encuentran vigentes, y que es elevado a rango constitucional por la reforma de 1989 (artículo 5 inciso 2°), se encuentra el Convenio sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural. Este Convenio protege al patrimonio cultural en sentido genérico y obliga al Estado de Chile y a sus órganos, al pleno respeto y resguardo de estos bienes. La Convención señala que las obligaciones de los Estados partes consisten en identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio y establece las formas de ello en el artículo 5°.
Con la realización del Dakar en territorio chileno se han producido numerosos casos de destrucción de sitios arqueológicos, conducta que constituye un delito, de acuerdo a lo prescrito por el artículo 38 de la Ley 17.288, no obstante, al ser una actividad auspiciada por organismos del Estado de Chile (Instituto Nacional del Deporte) estos delitos han quedado impunes y más aún se proyectan nuevas versiones de esta actividad. La situación es aún más grave en la versión Dakar 2011 donde incluso se han eliminado del todo las medidas de compensación de la destrucción producida. El Estado no ha asumido su propia responsabilidad ante estos hechos ilícitos.
Debemos recordar que normalmente cuando se producen delitos de destrucción de sitios arqueológicos es el Consejo de Defensa del Estado quien persigue a los culpables y demanda indemnizaciones a través de la Acción por Daño Ambiental. Sin embargo, en este caso, este organismo se ve impedido de accionar porque son organismos públicos quienes están detrás de la promoción y desarrollo del Rally Dakar en tierras chilenas, quedando estos delitos en una absoluta impunidad.
¿Quién defiende a las futuras generaciones de las omisiones del Estado?, resulta muy difícil alzar la voz y romper los cercos de impunidad cuando son las voluntades políticas las que acallan a sus propios organismos técnicos.
[1] Informe Técnico de Evaluación Competencia Dakar 2011, Consejo de Monumentos Nacionales, Mayo 2011, pag. 25.
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